Resolución Expediente Acta Nº
Nº 526/023 0254-69-001-2022 63/2023
 
Referencia
AJUSTE EN LA RETRIBUCIÓN DE SERRANA PIN.
 
Resolución

 

VISTO: en el Expediente N° 0254-69-001-2022, la contratación de la Lic. Serrana Pin Nadal como asesora personal de la presidente de URSEA, Ing. Silvana Romero;

RESULTANDO: I) que los Directores de los servicios descentralizado pueden contratar personal de confianza en tareas de asesoría, secretaría, etcétera, por un monto total mensual por Director, que no supere el 60% al equivalente a una vez y media la remuneración de un Ministro de Estado, no pudiendo adicionar ninguna otra retribución en efectivo o en especie, a dichos contratos, tales como horas extras, compensaciones, productividad, participación en utilidades o fondos de participación; 

II) que el Presupuesto de Ursea año 2023, aprobado por Decreto Nº 454/022, de 30 de diciembre de 2022, tiene previsto este tipo de contrataciones; 

III) que mediante Resolución de Ursea del día 3 de mayo de 2022 (Acta N° 21) N° 102/022, se dispuso contratar a la Lic. Serrana Pin Nadal como asesora personal de la presidente de URSEA, Ing. Silvana Romero,  en tareas de asesoría y otras tareas vinculadas a su naturaleza;

IV) que la presidente de URSEA, Ing. Silvana Romero, teniendo presente que la Lic. Serrana Pin se ha desempeñado en las tareas asignadas con un alto rendimiento, demostrando ser proactivo y haberse integrado plenamente en sus actividades con compromiso y buen relacionamiento con los demás integrantes de Ursea, propuso ajustar desde el 1º de octubre de 2023, el monto de la retribución, pasando de $ 99.912.63 (noventa y nueve mil novecientos doce con 63/00) que percibe en la actualidad, a $ 119.912,63 (ciento diecinueve mil novecientos doce con 63/00) nominales mensuales a  valores de enero de 2023;

V) que Contabilidad de Ursea informó disponibilidad para afrontar esta erogación incrementada en la forma antes expresada;

CONSIDERANDO: I) que el Directorio de Ursea tiene la calidad de ordenador primario de gastos y pagos;

II) corresponde proceder a la modificación en la contratación solicitada;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por las normas citadas, el artículo 23 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, la Ley Nº 20.075, de 20 de octubre de 2022, y demás normas modificativas y complementarias;

EL DIRECTORIO DE URSEA

RESUELVE:

1) Modificar el monto establecido en la cláusula quinto del contrato suscripto el día 01/06/22 entre Ursea y la Lic. Serrana Pin Nadal, el cual regirá a partir del día 1º de octubre de 2023, y quedará redactado de la siguiente manera: “La contratada recibirá en forma mensual nominal una partida de $ 119.912.63 (ciento diecinueve mil novecientos doce con 63/00) pesos uruguayos a valor de enero de 2023, por todo concepto. El monto de la partida se ajustará en la misma oportunidad y porcentaje que decrete el Poder Ejecutivo para los funcionarios de Ursea. A dicha partida se le harán las retenciones y/o descuentos legales correspondientes. Tendrá derecho a percibir sueldo anual complementario (aguinaldo) e integrar el Sistema Nacional de Salud con aportes al FONASA. No generarán derecho a percibir partida por licencia no gozada, horas extras ni compensaciones conforme a lo establecido por la normativa vigente”.

2) La erogación antes expresada será con cargo al objeto 042088, “compensaciones adscriptos a Directorio”.

3) Establecer que en todo lo no modificado, seguirá rigiendo lo establecido en dicho contrato.

4) Comuníquese a la Oficina Nacional del Servicio Civil y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

5) Designar al Vicepresidente, Sr. José Hualde, para que suscriba en representación de Ursea, la modificación del contrato cuya copia se adjunta a la presente resolución y forma parte de la misma.

6) Notifíquese, comuníquese, archívese.

 

 
 
Archivos Adjuntos
CONTRATO actualizado de Ursea con S. Pin.doc
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 63/2023 de fecha 10/03/2023